Hazte socio desde esta web

Estatutos de la Fundación Española de Medicina Interna (FEMI)

TITULO I

Artículo Primero. Denominación y naturaleza

Con la denominación de "FUNDACION ESPAÑOLA DE MEDICINA INTERNA" (F.E.M.I.), se constituye una organización de naturaleza fundacional, sin ánimo de lucro, cuyo patrimonio se halla afectado de forma duradera a la realización de los fines de interés general propios de la institución.

Artículo Segundo. Personalidad y capacidad

La Fundación, constituida e inscrita en el Registro de Fundaciones del Protectorado de Fundaciones del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con el Número MAD - 1 - 3 - 614, reconocida y clasificada por Orden Ministerial de fecha 30 de Noviembre de 1999, tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, pudiendo realizar en consecuencia todos aquellos actos que sean necesarios para el cumplimiento de la finalidad para la que ha sido creada, con sujeción a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

Artículo Tercero. Régimen jurídico

La Fundación se regirá por la Ley 50/2002 de 26 de Diciembre y por las demás disposiciones legales vigentes, por la voluntad del Fundador manifestada en estos Estatutos y por las normas y disposiciones que en interpretación y desarrollo de los mismos establezca el Patronato.

Artículo Cuarto. Nacionalidad y domicilio

La Fundación tiene nacionalidad española. El domicilio radicará en Madrid, Pintor Ribera nº 3, Bajo Izda. 28016 MADRID. El Patronato podrá promover el cambio de domicilio mediante la oportuna modificación estatutaria con inmediata comunicación al Protectorado de Fundaciones, en la forma prevista en la legislación vigente.

Artículo Quinto. Ámbito de actuación

La Fundación desarrollará sus actividades en todo el territorio nacional, sin perjuicio de eventuales actuaciones fuera de España.